La
Cámara de Diputados aprobó en último trámite el proyecto de ley que modifica el
Código del Trabajo para abolir el trabajo de personas menores de 15 años.
La ocupación de jóvenes y niños en labores productivas se origina en la pobreza del
grupo familiar al que pertenecen: la satisfacción inmediata de las necesidades más
básicas es la principal preocupación de más de tres millones de personas que, según la
encuesta Casen de 1998 del ministerio de Planificación y Cooperación, viven hoy bajo la
línea de pobreza. De éstos, un millón 200 mil son menores de 14 años. Especial
relevancia tienen las zonas rurales, lugares en que la proporción de pobres aumenta de 22
por ciento como promedio nacional a 28 por ciento, y donde el trabajo que desempeñan los
niños y jóvenes tiene relación con las actividades agrícolas, especialmente en el
tiempo de cosechas.

Por otra parte, los resultados de la misma Casen señalan que los motivos de
inasistencia a un establecimiento educacional son trabajar, ayudar en casa o tener
dificultad económica. Esa es la justificación de más de la mitad de los niños y
jóvenes que no asisten al colegio.
Un estudio sobre los intereses de los jóvenes en riesgo realizado por Adimark y la
Fundación Paz Ciudadana entrega algunos antecedentes respecto de la clase de trabajo
desempeñado: vender, cargar y pedir dinero son las actividades más comunes.
En el Mundo
Durante gran parte del siglo veinte, el trabajo infantil ha sido preocupación de los
gobiernos en todo el mundo. Es así como pocos meses después de su fundación en 1919, la
OIT adoptó un convenio por el que se prohibía el trabajo de los niños menores de
catorce años en los establecimientos industriales. A éste siguieron otros convenios
sobre la edad mínima, que se referían a sectores y ocupaciones específicos. Los dos
convenios sobre trabajo forzoso (número 29, 1930 y número 105, 1957), que han sido
ampliamente ratificados, siguen constituyendo un elemento de gran utilidad en la lucha
contra todas las formas de esclavitud infantil.
Más
recientemente (1973),las disposiciones del Convenio (núm. 138) y Recomendación
(núm.146) sobre la edad mínima han fijado normas de alcance global. El Convenio 138
exhorta a los Estados Miembros a tomar medidas encaminadas a erradicar el trabajo
infantil.
La Conferencia Internacional del Trabajo, en sus reuniones de 1998 y 1999, propuso que
se estudie y considere para su adopción un convenio sobre las formas del trabajo infantil
que entrañan mayor explotación y riesgo. La OIT ha lanzado una enérgica ofensiva contra
el trabajo infantil. Este esfuerzo cobró nuevo impulso, en 1992, con la creación del
Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC). Actualmente, el
Programa despliega sus actividades en tres continentes y más de veinte países, incluido
Chile.