Reglamento
 


Artículo 1º.-
Las XLIII Jornadas Chilenas de Derecho Público, organizadas por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción,  tendrán lugar en la Región del Bio Bio, durante los días 4 y 5 de octubre de 2013, y su desarrollo se regirá por las normas del presente reglamento.

Artículo 2º.- La Presidencia Honoraria de las Jornadas corresponderá a los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades chilenas tradicionales que concurran a ellas.

Artículo 3º.- Será Presidente de las Jornadas el Director del Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción.
Habrá un Vicepresidente y una Vicepresidenta Ejecutiva que subrogarán al Presidente cuando sea necesario.
Estos serán subrogados por los Directores de los Departamentos de Derecho Público de las Facultades de Derecho participantes, según el orden de precedencia que resulte de la antigüedad que cada uno de ellos tenga en el ejercicio de tales cargos.

Artículo 4º.- El Presidente, los Vicepresidentes y la Comisión Organizadora de las Jornadas coordinarán el trabajo académico de ellas, cumplirán las decisiones adoptadas y, en general, velarán porque se efectúen oportuna y eficientemente las tareas administrativas conexas al desarrollo de ellas.
Del Presidente dependerá la Secretaría de las Jornadas.

Artículo 5º.- En las Jornadas podrán participar, por derecho propio, todos los profesores o investigadores de Derecho Público de las Facultades de Derecho chilenas.
Podrán participar, también, los profesores o investigadores de Derecho Público de Facultades de Derecho extranjeras, invitados por la Comisión Organizadora de las Jornadas.
Asimismo, podrán participar tanto los profesores o investigadores de otras disciplinas jurídicas en dichas Facultades como académicos de otras ciencias sociales, cuando unos u otros sean especialmente invitados por la Comisión Organizadora.
Podrán participar, además, previa invitación especial de la Comisión Organizadora, hasta dos alumnos distinguidos de las Facultades tradicionales.

Artículo 6º.- Las Jornadas se llevarán a efecto mediante sesiones de comisiones y reuniones plenarias. Tanto la inauguración como la clausura tendrán lugar en reuniones plenarias, presididas por el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción o por el Presidente de las Jornadas.
En la reunión plenaria de clausura los relatores de las respectivas Comisiones harán una breve síntesis de lo obrado en ella.

Artículo 7º.- Habrá cuatro comisiones de trabajo, cuyos temas de estudio serán, respectivamente, Derecho Político, Derecho Constitucional, Derecho Administrativo y Derecho Internacional Público.
Las comisiones podrán dividirse en subcomisiones o fusionarse en comisiones conjuntas siempre que, a juicio de los profesores inscritos en ellas, y con la anuencia previa del Presidente de las Jornadas, sea ello necesario o conveniente para la mejor relación y análisis de las ponencias, comunicaciones o minutas de diálogo correspondiente.
Todo profesor, investigador o invitado podrá participar en cualquier comisión o subcomisión, sin otro requisito que inscribirse con antelación en ellas.

Artículo 8º.- Las sesiones de comisiones o subcomisiones se realizarán en forma de mesa redonda, precedida de una relación sobre el respectivo tema que expondrá el autor de la ponencia, comunicación o minuta de diálogo, o de quien debidamente lo represente, tema que será debatido por los participantes.

Artículo 9º.- Será presidente de cada comisión o subcomisión el Decano de la Facultad de Derecho chilena que se encuentre inscrito en ella. En subsidio, la presidencia corresponderá al profesor de Derecho Público que designe la Comisión Organizadora, o de común acuerdo nominen los profesores  de derecho público de las Facultades tradicionales, presentes en dicha Comsión.
El Presidente de cada comisión designará, con acuerdo de ella, un relator, quien deberá cumplir en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 6º de este reglamento.

Artículo 10º.- Corresponde al Presidente de cada comisión o subcomisión:

  • Abrir, dirigir y cerrar las sesiones;
  • Fijar la tabla, teniendo en consideración las ponencias, comunicaciones y minutas de diálogo que serán examinadas;
  • Designar, con acuerdo de la comisión, al relator y al secretario de ésta;
  • Conceder el uso de la palabra, por el tiempo que él determine, a los miembros previamente inscritos con tal objeto;
  • Cerrar los debates;
  • En general, adoptar todas las decisiones que estime conducentes al desarrollo adecuado de las sesiones bajo su dirección.

Artículo 11º.- Cada comisión o subcomisión tendrá un Secretario, el cual será su Ministro de Fe.El Secretario y quien lo subrogue serán nombrados por el Presidente de la Comisión o subcomisión, con acuerdo de éstas.

Artículo 12º.- Un Comité presidido por el Presidente e integrado por los Directores de los Departamentos de Derecho Público de las Facultades de Derecho participantes, resolverá las dudas y las dificultades que la aplicación de éste reglamento ocasione.

Artículo 13º.- Corresponderá a la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción,  la publicación de los trabajos inéditos que se presenten en las XLIII Jornadas Chilenas de Derecho Público, y en especial los trabajos presentados por los participantes antes del comienzo de las Jornadas, cuyos autores hayan asistido a la misma.
Los trabajos deberán tener una extensión máxima de 15 carillas, tamaño oficio a doble espacio, con notas a pie de página. El documento original deberá acompañarse con un disco o  pendrive en formato Word para PC.
Sólo se publicarán los trabajos que hayan sido expuestos en las distintas Comisiones, por sus autores.