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  Nº 614 jueves 21 de noviembre de 2007

 

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Artículo 67 hace inviable reforma de Estatutos

Los 234 socios que concurrieron personalmente o representados a la Junta Extraordinaria especialmente convocada para sancionar los estatutos de la Corporación, no fueron suficientes para permitir que el documento se votara (se requerían 336 votos). Asistieron 156 socios y hubo 78 poderes.

La reunión se cerró, al cabo de una hora, con las palabras del rector Sergio Lavanchy quien expresó la satisfacción de haber concluido un ciclo que da cumplimiento a un compromiso asumido en el sentido de “gestionar en todas las instancias de la Corporación, las acciones necesarias para generar el análisis y los estudios conducentes a la reforma de los Estatutos de la Corporación Universidad de Concepción vigentes desde 1989”. Señalando, además, que en todo el proceso se promovió la participación de los socios de la corporación y de la comunidad académica.

También indicó que, existiendo informes respecto de la interpretación del artículo 67 realizadas por la Seremi de Justicia en 2002, el actual Contralor y entonces asesor jurídico, Marcelo San Martín en el mismo año, y el decano de la época de la facultad de Derecho de la Universidad Austral, Juan Carlos Ferrada, en 2003, que se ñalaban que bastaba el 50% de los votos más uno, se optó por el pronunciamiento emitido por el departamento de Derecho Privado de nuestra de estudios que plantea que para sancionar la modificación de los estatutos, deben concurrir los dos tercios de los socios activos.

La histórica sesión se inició a las 18:30 horas cuando el Rector señaló que la Junta tenía por objetivo pronunciarse respecto a la aprobación o rechazo a la reforma del estatuto, que había cumplido todos los trámites reglamentarios para llegar a esa instancia.

Lavanchy destacó que el número de socios en ejercicio es de 504 y que en esta oportunidad, en razón de las dificultades que presenta el elevado quórum que exigen los estatutos para su reforma (66,6%) se admitió que el socio que estuviese impedido de asistir otorgase mandato a otro socio que concurra. Esta decisión se tomó de acuerdo a un informe realizado por el departamento de Derecho Privado de la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

El Rector recordó que la presencia de los socios activos en la década de 2000 nunca llegó al 50% y que, entre 1991 y 1999 el promedio de asistencia fue 24,88%.

En sus palabras, Lavanchy detalló los pasos que se efectuaron para avanzar en la modificación de los estatutos. Señaló que fue una de las conclusiones del Claustro Triestamental de 1997, del cual él fue vicepresidente, y que ajustándose a los requerimientos, casi insalvables, que plantea el artículo 67 se comenzó a trabajar en 2002 concluyendo con la aprobación del proyecto por parte del Consejo Académico y del Directorio en sesiones separadas en julio de 2006.

El último escollo, el quórum de 66 % para aprobar, planteado por el artículo 67 del mismo estatuto, imposibilitó modificar este cuerpo que elaborado en 1987, fue sancionado y publicado en 1989.

 

 

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