Revista Panorama

CONCEPCION CHILE N. 414 

JUEVES 2  DE AGOSTO DE 2001

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Derechos del Afiliado

Una vez que el contrato de salud entra en vigencia, el afiliado tiene derecho a recibir de su isapre los beneficios pactados en su Plan de Salud, así como los beneficios mínimos estipulados por ley.

Los beneficios pactados se refieren a la bonificación por prestaciones ambulatorias, hospitalarias y otras. Estos beneficios se encuentran señalados en el documento denominado plan de salud de su contrato.

Estas bonificaciones normalmente cubrirán un porcentaje del valor de la prestación y pueden, además, estar sujetas a un monto máximo expresado en pesos, UF o en número de veces el arancel.

Los beneficios bínimos legales son el examen de medicina preventiva; control de embarazo y puerperio, control de niño menor de 6 años, y el subsidio por incapacidad laboral, sólo para trabajadores dependientes e independientes.

Si el afiliado desea realizar algún tipo de comentario o reclamo, éste podrá ser efectuado en la isapre en la cual se encuentra asociado.

En caso de no llegar a una solución de común acuerdo, y dependiendo del tipo de conflicto, el trabajador puede dirigirse a la Superintendencia de Isapres, a la justicia ordinaria o a la Comisión Médica Preventiva e Invalidez, Compin.

Mayores informaciones en: http://www.udec.cl/sap/salud/