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    SISTEMA ESPECIAL DE ADMISIÓN PARA DISCAPACITADOS VISUALES

  • Art. 20º Quienes hayan sido declarados discapacitados visuales conforme a la ley o que por su grado de discapacidad visual estén impedidos de rendir las pruebas del Sistema de Selección y Admisión de Alumnos a las Universidades Chilenas, podrán solicitar, por una sola vez, su ingreso a primer año, hasta en cinco carreras de pregrado.
  • Art. 21º Para hacer efectiva su postulación, el interesado deberá presentar su solicitud de admisión y los documentos que a continuación se indican, en la Unidad de Admisión y Registro Académico Estudiantil.

    a) Licencia de Educación Media otorgada en nuestro país.

    b) Certificado de estudios de la educación media y calificaciones obtenidas (Concentraciones de Notas de enseñanza media).

    c) Credencial otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación en que conste que el postulante está inscrito ene. Registro Nacional de la Discapacidad o un Oficio proporcionado pro el Presidente de la Comisión Coordinadora del Proceso de Admisión a las universidades Chilenas, en que conste que el interesado no está en condiciones de rendir el Examen Nacional de Admisión.

    d) Certificado médico que indique la discapacidad de que se trata, su grado y la deficiencia que provoca.

    e) Cartas de presentación proporcionadas por sus profesores y/o instituciones que tuvieron participación en sus estudios.

    f) Impuesto Universitario correspondiente (estampilla de la Universidad de Concepción).

    BIENVENIDOS AL SITIO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA ESTUDIANTES DISCAPACITADOS VISUALES DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN ARTIUC *Extraído del decreto U. DE C. Nº 99 – 219 Título V. Art. 20º y 21º

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