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  Nº 613 miércoles 7 de noviembre de 2007

 

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•INVESTIGACIÓN

Académicos participan en discusión
sobre nuevo régimen matrimonial

La opinión de los académicos al proyecto tiene como propósito lograr un mayor nivel de igualdad entre los cónyuges.

Hernán Troncoso, decano de Ciencias Jurídicas y Sociales, fue invitado al Senado para presentar las opiniones de los académicos del departamento de Derecho Civil sobre el proyecto de Ley que modifica el Código Civil en materia de régimen matrimonial de la familia, en lo referido a la Sociedad Conyugal, Separación de Bienes y Participación en los Gananciales.

El proyecto está actualmente en trámite constitucional, en la comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

“Luego de presentar nuestra opinión, recibí una nota de la Comisión pidiendo que la Facultad explicará las proposiciones específicas que podrían introducirse al proyecto para lograr un mayor nivel de igualdad entre los cónyuges” señaló el decano.

Lo que se está proponiendo, a nivel de proyecto, es crear un nuevo régimen matrimonial, el de Comunidad, y eliminar el de Participación en los Gananciales. Además, en un principio estaba la idea del poder ejecutivo de eliminar la Sociedad conyugal. En este último, señaló el decano, ni la Comisión ni las sugerencias de los académicos de la Facultad están de acuerdo.

El régimen de Sociedad Conyugal tiene en Chile más años que el Código Civil, pues viene de la legislación española y, a juicio de los académicos, no ha creado mayores problemas.

“En el régimen actual la mujer que desarrolla una labor remunerada tiene lo que se llama el Patrimonio reservado. Dentro de él, ella hace y deshace a su arbitrio sin necesidad de la autorización del marido”.

Según el decano, en el régimen de Comunidad, cada uno de los cónyuges administra sus bienes con independencia del otro, pero para ciertos actos importantes, como enajenar, hipotecar o arrendar los bienes raíces necesita la autorización del otro. “Con el régimen actual, la mujer puede enajenar, hipotecar, vender sus bienes raíces, sin autorización del marido, con el nuevo régimen se requiere acuerdo de ambas partes”, aclaró.

En cuanto a las observaciones que entregadas por la Facultad, está el de mantener la Sociedad Conyugal, porque el sistema de patrimonio reservado funciona bien.

A juicio del decano lo que molesta del régimen son dos cosas, una de carácter semántico y otra de fondo. “La primera porque el Código Civil señala que la administración le corresponde al marido, quien es el jefe de la sociedad conyugal, una de las cosas que proponemos es que se elimine esa expresión”.

La otra sugerencia tiene que ver con los bienes propios de la mujer –no los del patrimonio reservado-, es decir, los bienes raíces que ella aporta a la sociedad y los que recibe durante su sociedad, son administrados por el marido. “Se da la situación ilógica que si la mujer quiere vender uno de eso bienes, sólo el marido puede realizar la venta, pues, se supone que los frutos de esos bienes contribuyen al mantenimiento de la familia en común. Lo que proponemos es que la administración de los bienes propios de la mujer, le correspondan a la mujer”, indicó

La otra propuesta es que durante el matrimonio la mujer tenga la posibilidad de pedir la separación de bienes por voluntad unilateral, situación que actualmente -durante el régimen de sociedad conyugal o de participación de los gananciales-, sólo pueden cambiarlo de común acuerdo, o judicialmente.

Para el decano, esta invitación es muestra de la confianza de los profesionales de nuestra casa de estudios.


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