Revista Panorama

CONCEPCION CHILE N. 413

JUEVES 5  DE JULIO DE 2001

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Editorial
personal

Importancia de los implementos de trabajo

Los implementos de trabajo protegen al trabajador universitario de los riesgos propios de la actividad desempeñada. La regulación del otorgamiento, control y uso de los elementos del protección personal en la Universidad se encuentra establecida en el reglamento interno de Higiene y Seguridad y en el decreto nº 96-180, del 6 de noviembre de 1996.

En aquellos organismos donde exista comité paritario de higiene y seguridad, sus integrantes tienen las atribuciones de asesorar, definir e instruir acerca de la correcta utilización de los elementos de protección personal y de la ropa de trabajo.

Los elementos de protección personal corresponden a todo equipo, aparato o dispositivo cuyo principal objetivo es preservar la integridad física del trabajador durante el desempeño de sus funciones.

Todos los organismos universitarios deben otorgarlos oportunamente y reponerlos, ya sea por término de su vida útil, problemas de calidad, deterioro u otra situación que no permita proteger eficazmente al trabajador; además, se deben proporcionar los elementos de protección personal correspondientes cuando se asignen nuevas tareas a un trabajador y que presenten riesgos no evaluados previamente.

El jefe directo definirá los elementos de protección que debe utilizar el trabajador, controlando el uso adecuado y permanente de éstos. Para ello contará con la asesoría del comité paritario respectivo y de la unidad de Prevención de Riesgos.

Los trabajadores deberán utilizar los elementos de protección en forma permanente, mientras se encuentren expuestos al riesgo en su actividad, cuando corresponda y cada vez que el jefe directo lo exija.

En cuanto a la ropa de trabajo (elementos destinados a proteger la vestimenta del trabajador en sus funciones) cada organismo podrá definir sus características en el contexto de las necesidades institucionales, del interés particular del organismo y del financiamiento pertinente. En el caso de los uniformes del personal de secretariado, su financiamiento será de preferencia compartido entre el personal y el organismo, quienes podrán financiar hasta el 50% del costo.