Los implementos de trabajo protegen al trabajador universitario de los
riesgos propios de la actividad desempeñada. La regulación del otorgamiento, control y
uso de los elementos del protección personal en la Universidad se encuentra establecida
en el reglamento interno de Higiene y Seguridad y en el decreto nº 96-180, del 6 de
noviembre de 1996.
En aquellos organismos donde exista comité paritario de higiene y seguridad, sus
integrantes tienen las atribuciones de asesorar, definir e instruir acerca de la correcta
utilización de los elementos de protección personal y de la ropa de trabajo.
Los elementos de protección personal corresponden a todo equipo, aparato o dispositivo
cuyo principal objetivo es preservar la integridad física del trabajador durante el
desempeño de sus funciones.
Todos los organismos universitarios deben otorgarlos oportunamente y reponerlos, ya sea
por término de su vida útil, problemas de calidad, deterioro u otra situación que no
permita proteger eficazmente al trabajador; además, se deben proporcionar los elementos
de protección personal correspondientes cuando se asignen nuevas tareas a un trabajador y
que presenten riesgos no evaluados previamente.
El jefe directo definirá los elementos de protección que debe utilizar el trabajador,
controlando el uso adecuado y permanente de éstos. Para ello contará con la asesoría
del comité paritario respectivo y de la unidad de Prevención de Riesgos.
Los trabajadores deberán utilizar los elementos de protección en forma permanente,
mientras se encuentren expuestos al riesgo en su actividad, cuando corresponda y cada vez
que el jefe directo lo exija.
En cuanto a la ropa de trabajo (elementos destinados a proteger la vestimenta del
trabajador en sus funciones) cada organismo podrá definir sus características en el
contexto de las necesidades institucionales, del interés particular del organismo y del
financiamiento pertinente. En el caso de los uniformes del personal de secretariado, su
financiamiento será de preferencia compartido entre el personal y el organismo, quienes
podrán financiar hasta el 50% del costo.